El 17 de enero se ha publicado la convocatoria de consulta pública de la «Lei de avaliación ambiental de Galicia»
Información sobre la norma :
Antecedentes:
- Convenio sobre evaluación del impacto en el medio ambiente, en un contexto transfronterizo, de 25 de febrero de 1991, conocido como Convenio de Espoo
- Directiva 2001/42/CE, de 27 de junio, sobre evaluación de las repercusiones de determinados planes y programas en el medio ambiente, y la Directiva 2011/92/UE, de 13 de diciembre, de evaluación de las repercusiones de determinados proyectos públicos y privados sobre el medio ambiente
- Ley 21/2013, de 9 de diciembre, de evaluación ambiental
- Ley 1/1995, de 2 de enero, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Galicia
- Ley 12/2011, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas
- Ley 9/2013, de 19 de diciembre, del emprendimiento y de la competitividad económica de Galicia
- Ley 5/2017, de 19 de octubre, de fomento de la implantación de iniciativas empresariales en Galicia
Problemas que se pretenden solucionar:
Esta nueva ley permitirá refundir la regulación dispersa en distintos textos legislativos dando seguridad jurídica, y en la que se regularía un procedimiento propio, más ágil, de las evaluaciones de impacto ambiental que permita hacer compatible la protección del medio ambiente y el desarrollo económico, siempre en el marco de la norma básica de aplicación, que puedan hacer más competitivas a las empresas gallegas, tanto en el campo de la reducción de los plazos de los procedimientos ambientales como la posibilidad de su simplificación en los casos en los que sea posible.
Necesidad y oportunidad de su aprobación:
La disparidad normativa y la ausencia de un procedimiento propio de evaluación de impacto ambiental que permita simplificar sus trámites y acortar los plazos en los que se deba dictar el informe de evaluación ambiental lleva a esta Consellería a proponer que se incluya en el calendario normativo una nueva ley de evaluación ambiental de Galicia.
Objetivos:
Protección y mejora del medio ambiente; acción preventiva y cautelar; prevención, corrección y compensación de los impactos sobre el medio ambiente; racionalización; proporcionalidad entre los efectos sobre el medio ambiente y el tipo de procedimiento de evaluación, participación pública, desarrollo sostenible e integración de los aspectos ambientales en la toma de decisiones; simplificación administrativa y el interés por la consecución de los principios de agilidad y eficacia en esta materia, sin que esto suponga una merma del respeto a los valores naturales y a la riqueza de nuestro territorio.
Posibles soluciones, alternativas, regulatorias y no regulatorias:
La alternativa sería mantener la actual regulación con la Ley 1/1995, de 2 de enero, de Protección Ambiental de la Comunidad Autónoma de Galicia, que como ya se expuso viene a devenir obsoleta.
Rango de la norma: Ley